
ESTAMOS CARDIOPROTEGIDOS
El informe de la organización mundial de la salud sobre los estudios de las causas de la salud indica que las enfermedades cardíacas se están convirtiendo en la mayor amenaza para los seres humanos, que en realidad matan a más personas que otras enfermedades.
Es por esto en Cemtra Medicina Deportiva y Traumatología hemos tomado esta responsabilidad y hemos iniciado el proceso de capacitación de nuestro personal para «Salvar Vidas»
Entrenamiento realizado por SENFEC expertos en Cardio protección y Capacitación
Ley Nº 21.156 obliga a recintos disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles
Con fecha 20 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.156 que “Establece la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica”.
Establecimientos
Según el artículo único de la ley, los siguientes establecimientos deberán contar en forma obligatoria como parte de su sistema de atención sanitaria de emergencia, con desfibriladores externos automáticos portátiles que estén aptos para su funcionamiento inmediato:
- Los establecimientos comerciales que según la ley deben mantener sistemas de seguridad y vigilancia (artículo 15 de la ley N° 19.496)
- Los terminales de buses, puertos, aeropuertos, estaciones de trenes subterráneos y de superficie; los recintos deportivos, gimnasios y otros con una capacidad igual o superior a mil personas;
- Los establecimientos educacionales de nivel básico, medio y superior;
- Los casinos de juego; los hoteles, moteles, hostales y residenciales con capacidad igual o superior a veinte habitaciones; los centros de eventos, convenciones y ferias; los centros de atención de salud; los cines, los teatros y los parques de diversión